PABLO OBISPO
SIERVO DE LOS SIERVOS DE DIOS
JUNTAMENTE CON LOS PADRES DEL CONCILIO
PARA PERPETUO RECUERDO
INTRODUCCIÓN
1. Entre los maravillosos inventos de la técnica que, sobre todo en
estos tiempos, el ingenio humano, con la ayuda de Dios, ha extraído de las
cosas creadas, la madre Iglesia acoge y fomenta con especial solicitud
aquellos que atañen especialmente al espíritu humano y que han abierto
nuevos caminos para comunicar con extraordinaria facilidad noticias, ideas
y doctrinas de todo tipo. Entre tales inventos sobresalen aquellos
instrumentos que, por su naturaleza, pueden llegar no sólo a los
individuos, sino también a las multitudes y a toda la sociedad humana,
como son la prensa, el cine, la radio, la televisión y otros similares
que, por ello mismo, pueden ser llamados con razón medios de comunicación
social.
2. La madre Iglesia sabe, en efecto, que estos medios, si se utilizan
rectamente, proporcionan valiosas ayudas al género humano, puesto que
contribuyen eficazmente a descansar y cultivar el espíritu y a propagar y
fortalecer el Reino de Dios; sabe también que los hombres pueden volver
estos medios contra el plan del divino Creador y utilizarlos para su
propio perjuicio; más aún, siente una maternal angustia a causa de los
daños que de su mal uso se han derivado con demasiada frecuencia para la
sociedad humana.
Por lo cual, el sacrosanto Sínodo, insistiendo en la vigilante
preocupación de los Sumos Pontífices y obispos en un asunto tan
importante, considera pertinente tratar las principales cuestiones
relacionadas con los medios de comunicación social. Confía, además, en que
su doctrina y disciplina, así presentadas, aprovecharán no sólo a la
salvación de los fieles cristianos, sino también al progreso de todo el
género humano.
CAPÍTULO I
3. La Iglesia católica, fundada por Cristo el Señor para llevar la
salvación a todos los hombres y, en consecuencia, urgida por la necesidad
de evangelizar, considera que forma parte de su misión predicar el mensaje
de salvación, con la ayuda, también, de los medios de comunicación social,
y enseñar a los hombres su recto uso.
A la Iglesia, pues, le corresponde el derecho originario de utilizar y
poseer toda clase de medios de este género, en cuanto que sean necesarios
o útiles para la educación cristiana y para toda su labor de salvación de
las almas; a los sagrados Pastores les compete la tarea de instruir y
gobernar a los fieles, de tal modo que ellos mismos, también con la ayuda
de estos medios, alcancen la salvación y la perfección propias y de todo
el género humano.
Por lo demás, toca principalmente a los laicos vivificar con espíritu
humano y cristiano estos medios para que respondan plenamente a las
grandes expectativas de la sociedad humana y al plan divino.
4. Para el recto uso de estos medios es absolutamente necesario que
todos los que los utilizan conozcan las normas del orden moral en este
campo y las lleven fielmente a la práctica. Consideren, pues, las materias
que se difunden según la naturaleza peculiar de cada medio; al mismo
tiempo, tengan en cuenta todas las condiciones y circunstancias, es decir,
el fin, las personas, el lugar, el momento y los demás elementos con los
que se lleva a cabo la comunicación misma y que pueden modificar su
honestidad o cambiarla por completo; entre éstas se encuentra la
naturaleza propia de cada medio, es decir, su fuerza, que puede ser tan
grande que los hombres, sobre todo si no están preparados, difícilmente
sean capaces de advertirla, de dominarla y, si llega el caso, de
rechazarla.
5. Es especialmente necesario que todos los interesados se formen una
recta conciencia sobre el uso de estos medios, sobre todo en lo tocante a
algunas cuestiones más duramente debatidas en nuestros días.
La primera cuestión se refiere a la llamada información, es decir, a la
búsqueda y divulgación de noticias. Es evidente que, a causa del progreso
de la sociedad humana actual y de los vínculos más estrechos entre sus
miembros, resulta muy útil y la mayor parte de las veces necesaria; en
efecto, la comunicación pública y oportuna de los acontecimientos y de los
asuntos ofrece a los individuos un conocimiento más pleno y continuo de
éstos, contribuyendo así eficazmente al bien común y promoviendo más
fácilmente el desarrollo progresivo de toda la sociedad civil. Por
consiguiente, existe en la sociedad humana el derecho a la información
sobre cuanto afecte a los hombres individual o socialmente considerados y
según las circunstancias de cada cual.
Sin embargo, el recto ejercicio de este derecho exige que, en cuanto a
su contenido, la comunicación sea siempre verdadera e íntegra, salvadas la
justicia y la caridad; además, en cuanto al modo, ha de ser honesta y
conveniente, es decir, debe respetar escrupulosamente las leyes morales,
los derechos legítimos y la dignidad del hombre, tanto en la búsqueda de
la noticia como en su divulgación, ya que no todo conocimiento aprovecha,
pero la caridad es constructiva (1 Cor 8, 1).
6. La segunda cuestión contempla las relaciones que median entre los
llamados derechos del arte y las normas de la ley moral. Dado que las
crecientes controversias sobre este tema tienen muchas veces su origen en
falsas doctrinas sobre la ética y la estética, el Concilio declara que
debe ser respetada por todos la primacía absoluta del orden moral
objetivo, puesto que es el único que trasciende y compagina
congruentemente todos los demás órdenes de las relaciones humanas, por
dignos que sean y sin excluir el arte. El orden moral es, en efecto, el
único que abarca en toda su naturaleza al hombre, criatura racional de
Dios y llamado a lo sobrenatural; y solamente tal orden moral, si es
observado íntegra y fielmente, lo conduce al logro pleno de la perfección
y de la bienaventuranza.
7. Por último, la narración, la descripción o la representación del mal
moral pueden ciertamente, con la ayuda de los medios de comunicación
social, servir para conocer y explorar más profundamente al hombre, para
manifestar y exaltar la magnificencia de la verdad y del bien, mediante la
utilización de los oportunos efectos dramáticos; sin embargo, para que no
produzcan más daño que utilidad a la almas, habrán de someterse
completamente a las leyes morales, sobre todo si se trata de asuntos que
exigen el debido respeto o que incitan más fácilmente al hombre, herido
por la culpa original, a apetencias depravadas.
8. Puesto que hoy día la opinión pública ejerce un poderosísimo influjo
en la vida privada y pública de los ciudadanos de todos los sectores, es
necesario que todos los miembros de la sociedad cumplan sus deberes de
caridad y justicia también en este campo; y así, con la ayuda de estos
medios, se esfuercen por formar y difundir una recta opinión pública.
9. Peculiares deberes incumben a todos los destinatarios, es decir,
lectores, espectadores y oyentes que, por una elección personal y libre,
reciben las comunicaciones difundidas por tales medios. Una recta elección
exige, en efecto, que éstos favorezcan plenamente todo lo que destaque la
virtud, la ciencia y el arte y eviten, en cambio, lo que pueda ser causa u
ocasión de daño espiritual, lo que pueda poner en peligro a otros por su
mal ejemplo, o lo que dificulte las informaciones buenas y promueva las
malas; esto sucede muchas veces cuando se colabora con empresarios que
manejan estos medios con móviles exclusivamente económicos.
Por consiguiente, para cumplir la ley moral, los destinatarios de los
medios no deben olvidar la obligación que tienen de informarse a tiempo
sobre los juicios que sobre estas materias emite la autoridad competente y
de seguirlos según las normas de la conciencia recta; y para poder
oponerse con mayor facilidad a las incitaciones menos rectas, favoreciendo
plenamente las buenas, procuren dirigir y formar su conciencia con las
ayudas adecuadas.
10. Los destinatarios, sobre todo los más jóvenes, procuren
acostumbrarse a la disciplina y a la moderación en el uso de estos medios;
pongan, además, empeño en comprender a fondo lo oído, visto o leído;
hablen sobre ello con los educadores y expertos y aprendan a emitir un
juicio recto. Recuerden los padres que es su deber vigilar diligentemente
para que los espectáculos, las lecturas y cosas similares que sean
contrarias a la fe o las costumbres no traspasen el umbral de su hogar ni
vayan sus hijos a buscarlos en otra parte.
11. La principal tarea moral, en cuanto al recto uso de los medios de
comunicación social, corresponde a periodistas, escritores, actores,
autores, productores, realizadores, exhibidores, distribuidores,
vendedores, críticos y a cuantos participan de algún modo en la
realización y difusión de las comunicaciones. Resulta absolutamente
evidente la gravedad e importancia de su trabajo en las actuales
circunstancias de la humanidad, puesto que, informando e incitando, pueden
conducir recta o erradamente al género humano.
A ellos corresponderá, por tanto, tratar las cuestiones económicas,
políticas o artísticas de modo que nunca resulten contrarias al bien
común; para lograr esto con mayor facilidad, bueno será que se agrupen en
asociaciones profesionales que impongan a sus miembros -si fuera
necesario, incluso mediante el compromiso de observar rectamente un código
ético- el respeto de las leyes morales en las empresas y tareas de su
profesión.
Pero recuerden siempre que la mayor parte de los lectores y
espectadores son jóvenes que necesitan una prensa y unos espectáculos que
les proporcionen diversiones honestas y que eleven su espíritu a cosas más
altas. Procuren, además, que las comunicaciones sobre temas relativos a la
religión se confíen a personas dignas y expertas y sean tratadas con el
debido respeto.
12. La autoridad civil tiene en esta materia deberes peculiares en
razón del bien común, al que se ordenan estos medios. Corresponde, pues, a
dicha autoridad, en virtud de su propia función, defender y asegurar la
verdadera y justa libertad que la sociedad actual necesita absolutamente
para su provecho, sobre todo en lo relativo a la prensa: fomentar la
religión, la cultura y las bellas artes; proteger a los destinatarios para
que puedan disfrutar libremente de sus legítimos derechos. Además, es
deber del poder civil apoyar aquellas iniciativas que, siendo
especialmente útiles para la juventud, no podrían emprenderse de otro
modo.
Finalmente, el mismo poder público, que legítimamente se ocupa del
bienestar de los ciudadanos, debe considerar también como un deber el
procurar justa y celosamente, mediante la promulgación de leyes y su
diligente cumplimiento, que el mal uso de estos medios no desencadene
graves peligros para las costumbres públicas y el progreso de la sociedad.
Con este cuidado vigilante no se restringe la libertad de los individuos y
de los grupos, sobre todo si faltan las cautelas precisas por parte de
aquellos que en razón de su oficio utilizan estos medios.
Póngase un especial cuidado en defender a los más jóvenes de la prensa
y de los espectáculos que sean nocivos para su edad.
CAPÍTULO II
13. Todos los hijos de la Iglesia, de común acuerdo, tienen que
procurar que los medios de comunicación social, sin ninguna demora y con
el máximo empeño, se utilicen eficazmente en las múltiples obras de
apostolado, según lo exijan las circunstancias de tiempo y lugar,
anticipándose así a las iniciativas perjudiciales, sobre todo en aquellas
regiones cuyo progreso moral y religioso exige una atención más diligente.
Por consiguiente, apresúrense los sagrados Pastores a cumplir su
misión, ligada estrechamente en este campo al deber ordinario de la
predicación; también los laicos que participan en el uso de estos medios
tienen que esforzarse por dar testimonio de Cristo, en primer lugar,
realizando su propia tarea con competencia y espíritu apostólico; es más,
prestando por su parte ayuda directa a la acción pastoral de la Iglesia
con las posibilidades que brindan la técnica, la economía, el arte y la
cultura.
14. Foméntese, ante todo, la prensa honesta. Para imbuir plenamente a
los lectores del espíritu cristiano, créese y desarróllese también una
prensa verdaderamente católica, esto es, que -promovida y dependiente
directamente, ya de la misma autoridad eclesiástica, ya de los católicos-
se publique con la intención manifiesta de formar, consolidar y promover
una opinión pública en consonancia con el derecho natural y con los
preceptos y las doctrinas católicas, así como de divulgar y exponer
adecuadamente los hechos relacionados con la vida de la Iglesia.
Adviértase a los fieles sobre la necesidad de leer y difundir la prensa
católica para formarse un juicio cristiano sobre todos los
acontecimientos.
Hay que promover y asegurar por todos los medios pertinentes la
producción y exhibición de películas para la honesta distensión del
espíritu, útiles para la cultura humana y el arte, especialmente de las
destinadas a la juventud; esto se logra, sobre todo, ayudando y
coordinando las iniciativas y los recursos de los productores y
distribuidores honestos, recomendando las películas dignas de elogio
mediante los premios y el consenso de los críticos, fomentando y asociando
las salas pertenecientes a los empresarios católicos y a los hombres
honrados.
Préstese asimismo una ayuda eficaz a las emisiones radiofónicas y
televisivas honestas; sobre todo, a aquellas que sean apropiadas para las
familias. Foméntense con todo interés las emisiones católicas que induzcan
a los oyentes y espectadores a participar en la vida de la Iglesia y a
empaparse de las verdades religiosas.
Con toda solicitud deben promoverse también, allí donde fuere
necesario, emisoras católicas; pero se ha de procurar que sus emisiones
sobresalgan por la debida perfección y eficacia.
Cuídese, por fin, de que el noble y antiguo arte escénico, que se
propaga hoy ampliamente a través de los medios de comunicación social,
favorezca la humanidad de los espectadores y la formación de las
costumbres.
15. Para proveer a las necesidades arriba indicadas, han de formarse
oportunamente sacerdotes, religiosos y también laicos que cuenten con la
debida competencia para dirigir estos medios hacia los fines del
apostolado.
En primer lugar, los laicos deben ser instruidos en el arte, la
doctrina y las costumbres, multiplicándose el número de escuelas,
facultades e institutos, en los que los periodistas y los guionistas
cinematográficos, radiofónicos y televisivos y otros interesados puedan
adquirir una formación íntegra, imbuida de espíritu cristiano, sobre todo
en lo que se refiere a la doctrina social de la Iglesia. También los
actores de teatro deben ser formados y ayudados para que con su arte
sirvan convenientemente a la sociedad humana. Finalmente, hay que preparar
con esmero críticos literarios, cinematográficos, radiofónicos,
televisivos y otros, para que todos conozcan perfectamente su profesión y
estén preparados y motivados para emitir juicios en los que el aspecto
moral aparezca siempre en su verdadera luz.
16. Dado que el recto uso de los medios de comunicación social está al
alcance de usuarios diferentes por su edad y su cultura, y que exige en
las personas una formación y una experiencia peculiar y adecuada, es
necesario fomentar, multiplicar y encauzar, según los principios de la
moral cristiana, las iniciativas aptas para conseguir este fin -sobre todo
si están destinadas a los más jóvenes- en las escuelas católicas de
cualquier grado, en los seminarios y en las asociaciones de apostolado
laical. Para conseguir este propósito con mayor rapidez, debe
proporcionarse en el catecismo la exposición y explicación de la doctrina
y de la enseñanza católicas sobre estas materias.
17. Puesto que resulta indigno que los hijos de la Iglesia permitan
que, por su apatía, la palabra de salvación sea amordazada y obstaculizada
por las exigencias técnicas o los gastos monetarios, ciertamente
cuantiosos, propios de estos medios, este santo Sínodo les advierte que
tienen la obligación de sostener y ayudar a los diarios católicos, a las
revistas y a las iniciativas cinematográficas, emisoras y transmisiones
radiofónicas y televisivas cayo fin principal sea divulgar y defender la
verdad y promover la formación cristiana de la sociedad humana. Al mismo
tiempo, invita insistentemente a las asociaciones y a los particulares que
gocen de mayor autoridad en las cuestiones económicas y técnicas a
sostener con generosidad y de buen grado, con sus recursos y su
competencia, estos medios, en cuanto que sirven al apostolado y a la
verdadera cultura.
18. Para mayor fortalecimiento del apostolado multiforme de la Iglesia
sobre los medios de comunicación social, debe celebrarse cada año en todas
las diócesis del orbe, a juicio de los obispos, una jornada en la que se
ilustre a los fieles sobre sus deberes en esta materia, se les invite a
orar por esta causa y a aportar una limosna para este fin, que será
empleada íntegramente para sostener y fomentar, según las necesidades del
orbe católico, las instituciones e iniciativas promovidas por la Iglesia
en este campo.
19. En el cumplimiento de su suprema atención pastoral a los medios de
comunicación social, el Sumo Pontífice tiene a su disposición un organismo
especial de la Santa Sede.
Los Padres del Concilio, acogiendo de buen grado el voto del
Secretariado para la Prensa y los Espectáculos, ruegan reverentemente al
Sumo Pontífice que extienda los deberes y competencias de este organismo a
todos los medios de comunicación social, sin excluir a la prensa,
incorporando a él expertos de las diferentes naciones, también laicos.
20. Corresponderá a los obispos supervisar y promover estas obras e
iniciativas en sus propias diócesis y, en cuanto atañen al apostolado
público, ordenarlas, sin excluir las que están dirigidas por los
religiosos exentos.
21. Como la eficacia del apostolado para toda una nación requiere
unidad de propósitos y de esfuerzos, este santo Sínodo establece y manda
que en todas partes se constituyan y se apoyen con todos los medios
secretariados nacionales para la prensa, cine, radio y televisión. Misión
de estos secretariados será, sobre todo, procurar que la conciencia de los
fieles sobre la utilización de estos medios se forme rectamente así como
fomentar y organizar todo lo que los católicos realizan en este campo.
En cada nación ha de confiarse la dirección de estos organismos a una
comisión especial de obispos, o a un obispo delegado; en estos organismos
han de participar también laicos expertos en la doctrina católica y en los
propios medios.
22. Puesto que la eficacia de estos medios traspasa los limites de las
naciones y convierte a los individuos en ciudadanos del mundo, coordínense
internacionalmente las iniciativas nacionales en este campo. Los
organismos de los que se habla en el n.21 han de colaborar activamente con
su correspondiente asociación católica internacional. Estas asociaciones
católicas internacionales son aprobadas legítimamente sólo por la Santa
Sede y de ella dependen.
CLÁUSULAS
23. Para que todos los principios y normas de este santo Sínodo sobre
los medios de comunicación social se lleven a la práctica, por expreso
mandato del Concilio, publíquese una instrucción pastoral por el organismo
de la Santa Sede del que se habla en el n.19 con la ayuda de peritos de
diferentes naciones.
24. Por lo demás, este santo Sínodo confía en que estas instrucciones y
normas suyas serán gustosamente aceptadas y sanamente respetadas por todos
los hijos de la Iglesia, que, también al utilizar estos medios, lejos de
padecer daños, como sal y como luz, darán sabor a la tierra e iluminarán
el mundo; además invita a todos los hombres de buena voluntad, sobre todo
a aquellos que dirigen estos medios, a que se esfuercen por utilizarlos
únicamente en bien de la sociedad humana cuya suerte depende cada vez más
del recto uso de éstos. Y así como antes los monumentos artísticos de la
antigüedad, también ahora los nuevos inventos glorificarán el nombre del
Señor según aquello del Apóstol: Jesucristo, ayer y hoy el mismo por
los siglos de los siglos (Heb 13, 8).
Todas y cada una de las cosas que en este Decreto se incluyen han
obtenido el beneplácito de los Padres del sacrosanto Concilio. Y Nos, en
virtud de la potestad apostólica a Nos confiada por Cristo, todo ello,
juntamente con los venerables Padres, lo aprobamos en el Espíritu Santo,
decretamos y establecemos, y ordenamos que se promulgue para gloria de
Dios todo lo aprobado conciliarmente.
Roma, en San Pedro, 4 de diciembre de 1963.
Yo, Pablo, Obispo de la Iglesia católica.